lunes, 5 de octubre de 2009

Los vuelos que despegan de la T-4

Sin entrar en el fondo del tema, voy a tratar un ejemplo colateral pero humano de lo que supone construir infraestructuras sin tener en cuenta a las personas: los daños que está causando el trazado del aeropuerto sin condiciones idóneas. En este sentido y como reconoció hace poco el Ministro de Fomento, José Blanco, se trata de un aeropuerto muy bonito pero inseguro y poco funcional, hay mucho diseño arquitectónico pero poca ingeniería aeronaútica, sentido común y bastante inseguridad. Eso lo han han constatado estudios técnicos, denuncias de SEPLA y los controladores aéreos e incluso un reciente accidente.

En éste sentido los expertos en ingeniería aeronáutica nos dicen que:

- La operación en un aeropuerto debe ser tal que las aeronaves siempre despeguen y aterricen de cara al viento. Es un principio básico de aeronáutica previsto en el Reglamento de Circulación Aérea (Real Decreto 57/2002, de 18 de enero), los Reglamentos internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y reconocido por AENA (operar con viento de cola, pone en riesgo la maniobra de aterrizaje y despegue). Por eso los diseños de las pistas se establecen teniendo en cuenta los vientos dominantes de la zona para que la operación sea segura y rentable. Pues bien, la orientación de las pistas del aeropuerto de la terminal cuatro de Barajas no coinciden con la dirección de los vientos dominantes. Según esta configuración, tanto norte como sur, todos los despegues se realizan con viento de cola, lo que significa operar en condiciones inseguras. Esta aberración hace que en el aeropuerto de Barajas se maniobre en el aterrizaje y despegue, en muchas ocasiones en condiciones inseguras e ilegales, en contra del sentido común aeronáutico, poniendo en riesgo la vida de pasajeros y de residentes de zonas cercanas al aeropuerto, como ocurrió el 20 de agosto de 2008 en el accidente de Spanair.

- Debido a las dificultades técnicas por la deficiencias de diseño del aeropuerto, antes apuntadas, y para reducir los riesgos se utilizan las pistas 18L y 18R, (en la maniobra de aterrizaje, cuando hay configuración sur del viento) lo que supone, sobrevolar urbanizaciones, de la zona norte de Madrid con una contaminación acústica insoportable para los vecino de entre 75 y 80 decibelios y el incumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo que expresamente prohíbe la utilización de la pista 18R, vulnerando los derechos fundamentales de un gran número de ciudadanos de la Comunidad de Madrid.


III En éste sentido conviene recordar aquí lo que AENA esta haciendo para desconocer lo que dice la sentencia de 13 de octubre de 2008 del Tribunal Supremo condenatoria de AENA por vulneración del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria cuando de opera en configuración sur.


- El demandante es Ciudad Santo Domingo, una urbanización perteneciente al Municipio de Algete, en ella viven 5.000 personas y hay un colegio público al que acuden 250 alumnos, de entre 6 y 12 años. La urbanización se encuentra situada a 18 Km del aeropuerto y 10 Km de la cabecera de pista. Los vecinos llevan 10 años (desde que se puso en funcionamiento la Terminal 4 de Barajas) pleiteando con el Ministerio de Fomento, por este tema. Para ello se ha creado la Asociación contra el Ruido y Riesgo de Aeronaves de Ciudad Santo Domingo.

- Las operaciones que se efectúan en las pistas 18L y 18R (que se utilizan en la maniobra de aterrizaje, cuando el aeropuerto está en configuración sur, por las deficiencias de diseño del aeropuerto antes señaladas) suponen una afección acústica y de seguridad para los residentes en la zona cercana al aeropuerto, no aceptable ni social ni medioambientalmente. En la actualidad el 80 por ciento del tráfico en esta configuración entra por la 18R que está justo encima de Santo Domingo lo que supone que cada día sobrevuelan esta urbanización hasta 390 aeronaves, con un ruido entre 75 y 80 decibelios,


- En este sentido, la sentencia de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2008, resolviendo el recurso de casación 1553/2006 sobre Derechos fundamentales, condena a AENA y da la razón a los vecinos de la urbanización Santo Domingo al considerar que está suficientemente acreditado que los niveles de ruido padecidos según los criterios y recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, la intensidad de los sobrevuelos, su frecuencia y forma de manifestación, provoca una lesión del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria, y ordena al Estado a que tome medidas para evitar esa contaminación acústica, e indemnizar con 6.000 euros a los cinco vecinos que aparecen como demandantes en la sentencia.

- La sala del Supremo emplaza al Consejo General del Poder Judicial a insertar el fallo en la publicación oficial de jurisprudencia del Supremo, para fijar esta doctrina y que sirva para casos similares. A este respecto, hay que señalar que si todos los ciudadanos afectados por el ruido iniciasen un proceso similar, entonces AENA no tendría más opción que cerrar el aeropuerto o hacer frente a indemnizaciones multimillonarias, a no ser que se modifique el esquema operativo del mismo, lo que es viable con el consiguiente coste económico.

Por su parte, el Ministerio de Fomento, ha realizado maniobras jurídicas dilatorias para ganar tiempo (ha presentado un incidente excepcional de nulidad contra la sentencia del Supremo que ha sido desestimado) y amenaza con recurrir en amparo, al Tribunal Constitucional.

- Si bien, el plazo de ejecución voluntaria ha pasado (terminó el pasado 26 de enero), ya que ya hace siete meses que el Tribunal Supremo falló a favor de vecinos, condenando a AENA, en lugar de cesar o disminuir significativamente los sobrevuelos, han aumentado (300 en la media mensual), sin ningún tipo de viento que los justifique. Por lo que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que es el responsable de la ejecución forzosa de la sentencia, debe ordenar inmediatamente al Ministerio de Fomento y a AENA que cesen los cientos de sobrevuelos diarios, causantes del ruido que lesiona el derecho fundamental a intimidad domiciliaria de 5.000 personas que viven en la urbanización.


Así las cosas, los vecinos han presentado un requerimiento a AENA con copia a Medio Ambiente para que se ejecute la sentencia y están dispuestos ha iniciar las acciones penales que correspondan, por desobediencia, prevaricación y posible delito medioambiental contra el Ministro de Fomento, la presidenta de AENA y el Jefe de la sala de Torre de Control que autoriza estas maniobras.

2 comentarios:

Sake dijo...

Y uno no sabe si el problema es de enseñanza (arquitectos, ingenieros, politicos), porque es imposible pensar en la posibilidad de algunas cosas,¿son tan corruptos?¿son tan criminales?, imposible, pienso que es problema de educación ¡No tienen ni idea! y estan mandando y construyendo ¡joder!.

Antonio Valcárcel dijo...

Ríos de tinta impresa en los juzgados correspondientes, pero no está dicha toda la verdad; es la punta de un iceberg del ramo de la construcción. La corrupción es como una ola gigantesca que arrastra a otros que nunca llegarían a ser corruptos nunca en su vida, pero están en el mar o la mar y las olas no están en los campos, aunque no es de extrañar que con el cambio climático veamos algunas olas meterse en los huertos más próximos a la costa. Ahora los marinero reclaman a la Ministra Doña Carmen Chacón que los barcos de altura vayan dotados de seguridad por medio de militares. La Ley de Seguridad Privada la pueden cambiar mediante una orden ministerial en cualquier momento y dotar a los pesqueros de seguridad privada: con defensa, grilletes y un revolver 38" (será suficiente), ¿o quizás sería mejor que dotasen a la tripulación de los pesqueros de licencia de armas, al igual que ocurrió con los dueños de joyerías? Al fin y al cabo un escolta y un vigilante de seguridad se forma en tres meses, como mucho. En la Guerra Civil de 1936-1937 en la Euskadi Peninsular se dotaron a barcos pesqueros de artillería antiaérea...Quizás sea más barato, los vigilantes de seguridad no trabajaran por 6.000€ por mes; no lo hicieron en Irak con la empresa de captación USA. NO LO HARÁN AHORA.